Julio Iván Cabello Díaz de León
El 1 de marzo de 1788 se presentó una denuncia fuera de lo ordinario ante el intendente Bruno Díaz Salcedo, por la construcción de desembocaduras que alteraron el cauce natural del Río Santiago, propiciando no solo severas inundaciones, sino también el desvío de la corriente hacia lugares donde poco se tenía conocimiento de una necesidad real de abastecimiento de agua.
Es por ello que el presente artículo busca tener un acercamiento a las relaciones entre vecinos de Tlaxcala y Soledad, a partir de su asentamiento al margen del Río Santiago y el supuesto acaparamiento de agua en menoscabo de sus habitantes.
Ciertamente, el material disponible que alberga el Archivo Histórico de San Luis Potosí nos ha permitido conocer una parte del pasado soledense que, hasta cierto punto, estuvo ligado a las transgresiones que se cometían contra sus pobladores. Con base en un proceso criminal que se encuentra en el Fondo de Alcaldía Mayor de San Luis, tendremos un atisbo sobre la vida de sus habitantes que fue ensombrecida por la violencia que se ejercía contra ellos a partir del control del Río Santiago.
Recordemos que después de la fundación de Soledad, el 8 de octubre de 1767, como respuesta de los Tumultos de 1767, por los mineros de Cerro de San Pedro y la expulsión de los jesuitas, las disposiciones para habitar Soledad marcaron un contraste social sobre las personas que participaron activamente en la sublevación, así como aquellas que fueron dotadas de tierras para habitarlas. Sin embargo, es importante precisar que antes de la fundación formal de Soledad —en el siglo XVII— hubo muchos conflictos legales con los tlaxcaltecas por el dominio y control del agua.
Claudio Lomnitz en su Idea de la muerte en México, aborda la peculiaridad del poder de la justicia durante la colonización, sobre el cual dicho sistema recaía en una soberanía que se demostraba “mediante la capacidad para incrementar la riqueza y administrar la reproducción social, mediante el poder de la subyugación y represión” (Lomnitz; 2006, p. 78). En este mismo sentido, Woodrow Borah (1985) en su texto El juzgado general de indios en la Nueva España, trata los problemas legales que la corona trató de resolver a partir de lo que ellos creían un sistema seguro legal advirtiendo que, en la revisión de juicios criminales, la audiencia, así como los jueces, debían tomar la decisión de “sostener la costumbre o desautorizarla como contraria a la razón o al precepto cristiano” (Woodrow; 1985, p. 60).
El presente proceso nos muestra en su andar cómo era la justicia frente a personas que quisieron aprovechar al máximo el río a partir de la construcción de bordos para desviar su cauce natural. Y con el paso del tiempo mostrar situaciones que poco a poco se tornaron en profundas inconformidades entre los vecinos de Soledad y San Luis, por lo que hubo necesidad de interponer una denuncia ante lo que ellos creían un acaparamiento ventajoso de este recurso natural.
En este sentido, las declaraciones son reveladoras en cuanto nos permite tener un acercamiento al clima social que preponderaba y la abundancia de agua de que se disponía. Por ejemplo, tenemos la declaración de Domingo de la Trinidad Alfaro, habitante de Soledad, casado con Lorenza Romana, y hace constar cómo el cauce natural del Río Tlaxcala —como también era llamado en el tramo de dicho barrio hacia Soledad—, fue alterado en el ramal que llega a las milpas. Subrayando dos desembocaduras que estimularon mayor fuerza del agua hacia la plaza principal de Soledad, provocando inundaciones en el templo, casas y campos de cultivo.
De la misma forma se presentó a declarar Ascencio Navarro, casado con María Ignacia, originarios también de Soledad, sobre las intenciones de Domingo Alfaro, vecino que decidió abrir dos desembocaduras en el Río Tlaxcala, en beneficio de sus tierras. Y destaca Ascencio que río arriba, en el paso de Miranda, se va el agua por el camino a Peñasco, sin que los vecinos de Soledad puedan aprovecharla.
Ante esta situación, Domingo Alfaro expone —entre otros aspectos— que las inundaciones se debieron a la fuerza del río que viene de la ciudad de San Luis, por los Tepetates y por el cementerio de la iglesia de Tlaxcala. Y a su consideración los tajos, como él llama a los bordos construidos de arena y grasa, son necesarios para contener la fuerza del cauce en la época de lluvias, y así permitir que llegue a Peñasco de forma segura.
Aunque el descontento fue generalizado, la autoridad determinó frenar la construcción de los bordos que provocaron inundaciones en el templo de Soledad, casas y algunos sembradíos, mientras que —paradójicamente— en otros lugares el agua no llegaba a otras milpas. Fue entonces que la autoridad decidió frenar las intenciones de Domingo Alfaro, que a todas luces limitaba a los habitantes de Soledad:
Presentes en este oficio Juan de San Pedro de Devo, Nicolas Antonio, Joaquín, Pedro Toribio Zamarrón, capitanes de la Congregación de la Soledad, y Domingo Alfaro en su persona, que conozco le hizo saber la providencia anterior sobre que cuiden para que no se siga abriendo el tajo o zanja, que pretendía el último y entendidos dijeron: que harán en todo lo que se les previene y cuidarán de que no se abra el tajo prescindido en el río.
Finalmente, se logró detener este tipo de tajos que en nada beneficiaba a los habitantes de Soledad, aunque si bien la idea resultaba imprescindible en su propósito para contrarrestar la fuerza del cauce, también nos ofrece una forma de entender la mentalidad de la época sobre la naturaleza del río, la fuerza que contenía y la frecuencia de las lluvias. Si para los vecinos del barrio de Tlaxcala, representó contener los riesgos frente a las crecidas del río, para los habitantes de Soledad fue una amenaza latente difícil de simular.
Fuentes consultadas
Fondo Alcaldía Mayor de San Luis Potosí. AHESLP. 1788.
Borah, Woodrow (1985) El juzgado general de indios en la Nueva España. México. Fondo de Cultura Económica.
Lomnitz, Claudio. (2006) Idea de la muerte en México. México. Fondo de Cultura Económica.